Capítulo CAPÍTULO I

Art. Cuarta

En vigor desde 24 abr 2021
La investigación científica es fundamento esencial de la docencia y una herramienta primordial para la transferencia de nuevos conocimientos tanto al Ministerio de Defensa como finalmente a la sociedad. Como tal, constituye una función esencial de los CUD, que tienen entre sus objetivos, la formación de investigadores, el desarrollo de la investigación científica y técnica, así como la transferencia del conocimiento. Con tal fin, su personal docente e investigador podrá realizar las siguientes actividades, enfocadas al desarrollo de las líneas de investigación establecidas en la directriz sexta: – Investigación derivada de la actividad académica. – Investigación básica y aplicada. – Apoyo al desarrollo y seguimiento de proyectos. – Colaboración en el desarrollo de programas de doctorado.
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eli/es/o/2021/04/20/def375#cuarta

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