Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
En vigor desde 19 feb 2015
Todas las unidades, centros y organismos anotarán los permisos, vacaciones, reducciones de jornada y licencias reguladas por la presente orden en el Sistema Informático de Personal del Ministerio de Defensa (SIPERDEF) o en el sistema informático que se encuentre en vigor en cada momento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2015/02/09/def253#art-4