Art. 4

En vigor desde 8 may 2010
Los planes de estudios objeto de esta disposición se elaborarán conforme a los siguientes criterios: a) Proporcionar la capacitación y especialización requeridas para el acceso a las diferentes escalas de oficiales. b) Facilitar la obtención de títulos del sistema educativo general. c) Garantizar la completa formación humana y el pleno desarrollo de la personalidad. d) Fomentar los principios y valores constitucionales, contemplando la pluralidad cultural de España. e) Asegurar el conocimiento de las misiones de las Fuerzas Armadas definidas en la Constitución y en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional. f) Promover los valores y las reglas de comportamiento del militar. g) Desarrollar en el alumno capacidades para asumir el proceso del conocimiento y adaptarse a su evolución.
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eli/es/o/2010/05/03/def1158#art-4

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