Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección primera. Domicilio, duración y ejercicio social de la Institución

Art. 37

En vigor desde 24 sept 1991
El Colegio tendrá su domicilio social en el lugar que se determine en las normas internas de funcionamiento, dentro del municipio de Madrid y podrá establecer oficinas en cualquier punto de la geografía nacional.
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eli/es/o/1991/07/31/(15)#art-37

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