Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección primera. De la Asamblea general
Art. 10
En vigor desde 24 sept 1991
La Asamblea general, órgano supremo del Colegio, estará integrada por la totalidad de los socios de número. Sus acuerdos reglamentariamente adoptados serán obligatorios para todos.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1991/07/31/(15)#art-10