Art. 4

En vigor desde 7 oct 1997
La Placa al Mérito del Transporte Terrestre será de forma rectangular, de 20 por 15 centímetros de lado, en plata, e irá superpuesta en un rectángulo de madera noble que sobresaldrá 3 centímetros por cada lado de la Placa. En el ángulo superior izquierdo figurará grabado el escudo de España, y en el ángulo superior derecho el mapa de España; en el centro de ambos la inscripción «Reino de España», con letras mayúsculas, y bajo todo ello la leyenda «Al Mérito del Transporte Terrestre», asimismo en mayúsculas. Debajo de la citada leyenda aparecerá el nombre del organismo, institución, entidad o empresa objeto de la distinción y la fecha del otorgamiento. En la parte inferior derecha se incorporará la firma y rúbrica del Ministro de Fomento.
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eli/es/o/1997/09/29/(2)#art-4

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