Art. 3

En vigor desde 6 dic 1998
El censo de buques con acceso a las pesquerías bajo jurisdicción o soberanía marroquí, es el publicado por Resolución de 8 de junio de 1982 de la Subsecretaría de Pesca Marítima, con las actualizaciones generadas hasta la fecha. El censo de buques es cerrado y desglosado según las siguientes modalidades de pesca: Arrastre al norte. Palangre. Cefalópodo. Artesanal. Cerco al norte. Cerco al sur. Merluza negra.
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eli/es/o/1998/11/25/(3)#art-3

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