Art. 3
En vigor desde 6 dic 1998
El censo de buques con acceso a las pesquerías bajo jurisdicción o soberanía marroquí, es el publicado por Resolución de 8 de junio de 1982 de la Subsecretaría de Pesca Marítima, con las actualizaciones generadas hasta la fecha.
El censo de buques es cerrado y desglosado según las siguientes modalidades de pesca:
Arrastre al norte.
Palangre.
Cefalópodo.
Artesanal.
Cerco al norte.
Cerco al sur.
Merluza negra.
Historial de versiones
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1998/11/25/(3)#art-3