Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 8 dic 1966
Se autoriza a la Dirección General de Previsión para dictar cuantas resoluciones estime pertinentes para la aplicación, interpretación y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.
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eli/es/o/1966/11/25/(1)#disposicion-final-segunda

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