Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección primera. Disposiciones generales›§ Subsección primera. Alcance de la acción protectora y normas generales sobre prestaciones
Art. 62
En vigor desde 20 oct 1970
El pago de prestaciones periódicas se efectuará por mensualidades vencidas.
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Proeli/es/o/1970/09/24/(1)#art-62