Art. 3

En vigor desde 20 feb 1974
La solicitud de creación de nuevas piscifactorías, previa concesión de aguas por el Ministerio de Obras Públicas, se realizará a través de las Jefaturas Provinciales del ICONA. Con la petición se acompañarán los siguientes documentos: a) Plano de situación. b) Proyecto de obras e instalaciones. c) Memoria sucinta de las especies a cultivar, formas de cultivo y producciones.
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eli/es/o/1974/01/24/(1)#art-3

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