Art. 3
En vigor desde 20 feb 1974
La solicitud de creación de nuevas piscifactorías, previa concesión de aguas por el Ministerio de Obras Públicas, se realizará a través de las Jefaturas Provinciales del ICONA.
Con la petición se acompañarán los siguientes documentos:
a) Plano de situación.
b) Proyecto de obras e instalaciones.
c) Memoria sucinta de las especies a cultivar, formas de cultivo y producciones.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1974/01/24/(1)#art-3