Título TÍTULO XII
Art. Disposición transitoria sexta
En vigor desde 8 feb 1974
Salvo en lo preceptuado por disposiciones legales de rango superior, los artículos 20 y 21 entrarán en vigor para los productos al consumo el 31 de diciembre de 1974.
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Proeli/es/o/1974/01/23/(1)#disposicion-transitoria-sexta