Art. Cuarto

En vigor desde 10 ene 2002
Las convalidaciones que se obtengan por aplicación de la presente norma se reflejarán en los documentos básicos de evaluación con la expresión Convalidado, sin que, en ningún caso, sean computadas a efectos de la evaluación final del ciclo formativo.
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eli/es/o/2001/12/20/(3)#cuarto

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