Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 6.ª De las sanciones

Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 27 ago 1968
Los establecimientos cuya apertura tuviera lugar con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden serán clasificados conforme a las normas de la misma, si bien hasta el día 1 de enero de 1970 no podrán ostentar ni usar otro indicativo de grupo y categoría que aquel que les corresponda de acuerdo con las siguientes equiparaciones: Nuevos establecimientos clasificados como Usarán hasta el 31 de diciembre de 1969 el indicativo de Hoteles u Hoteles-Residencias de cinco estrellas. Hoteles o Residencias de Lujo. Hoteles u Hoteles-Residencias de cuatro estrellas. Hoteles o Residencias de 1.ª A. Hoteles u Hoteles Residencias de tres estrellas. Hoteles o Residencias de 1.ª B. Hoteles u Hoteles-Residencias de dos estrellas. Hoteles o Residencias de 2.ª Hoteles u Hoteles-Residencias de una estrella. Hoteles o Residencias de 3.ª Hostales, Hostales-Residencias o Pensiones de tres estrellas. Pensiones de Lujo. Hostales, Hostales-Residencias o Pensiones de dos estrellas. Pensiones de 1.ª Hostales. Hostales-Residencias o Pensiones de una estrella. Pensiones de 2.ª Fondas o Casas de Huéspedes. Pensiones de 3.ª o Casas de Huéspedes. Hoteles-Apartamentos o Residencias-Apartamentos de cuatro estrellas. Hoteles-Apartamentos o Residencias-Apartamentos de Lujo. Hoteles-Apartamentos o Residencias-Apartamentos de tres estrellas. Hoteles-Apartamentos o Residencias-Apartamentos de 1.ª Hoteles-Apartamentos o Residencias-Apartamentos de dos estrellas. Hoteles-Apartamentos o Residencias-Apartamentos de 2.ª Hoteles-Apartamentos o Residencias-Apartamentos de una Estrella. Hoteles-Apartamentos o Residencias-Apartamentos de 3.ª Moteles de tres estrellas. Moteles de 1.ª B. Moteles de dos estrellas. Moteles de 2.ª Moteles de una estrella. Moteles de 3.ª Redactada conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 226, de 19 de septiembre de 1968. Ref. BOE-A-1968-1089
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eli/es/o/1968/07/19/(1)#disposicion-transitoria-tercera

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