Art. 4
En vigor desde 26 nov 1981
Corresponde al Vicepresidente:
a) Constituir, juntamente con el Presidente y el Secretario, la Mesa de la Comisión Ejecutiva Provincial, en las sesiones que ésta celebre.
b) Sustituir al Presidente en casos de vacante, ausencia o enfermedad.
c) Cuantas otras funciones sean intrínsecas a su condición, ejerciendo, desde luego, su derecho a voto.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1981/11/16/(1)#art-4