Capítulo CAPÍTULO III

Art. 12

En vigor desde 16 jul 1972
Las convocatorias para las reuniones de las Juntas generales ordinarias y extraordinarias se enviarán a todos los colegiados por escrito firmado por el Secretario general, de orden del Decano, con quince días de anticipación, por la menos, e irán acompañadas del orden del día correspondiente.
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eli/es/o/1972/06/16/(1)#art-12

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