Capítulo CAPÍTULO V
Art. 42
DerogadoEn vigor desde 20 jul 2018
1. El plazo de presentación de solicitudes, que será como máximo de treinta días, así como la documentación a adjuntar a las mismas, se establecerá en la respectiva convocatoria. La documentación deberá incluir, en todo caso, el presupuesto ejecutado total de la distribución realizada y la memoria de las actividades de distribución y promoción realizadas por el beneficiario.
2. En el caso de ayudas a la distribución de conjuntos de cortometrajes, se podrá prever en la correspondiente convocatoria la solicitud conjunta de dos o más empresas distribuidoras para dicha distribución.
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Proeli/es/o/2018/07/17/cud769#art-42