Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Ayudas a la producción de cortometrajes realizados
Art. 38
DerogadoEn vigor desde 20 jul 2018
1. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de cuatro meses desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
2. Las ayudas se harán efectivas mediante un único pago, una vez efectuada la entrega de la copia de la película.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2018/07/17/cud769#art-38