Art. 11

En vigor desde 21 abr 2011
1. La dotación económica de cada uno de los premios se determinará y efectuará con cargo a los créditos disponibles en la aplicación presupuestaria que para dicha finalidad se determine en los Presupuestos Generales del Estado para cada año. 2. La cuantía anual determinada en dichos Presupuestos Generales del Estado será repartida al 50 % entre el Premio de Investigación en acuicultura y el Premio en Implantación de Sistemas de Gestión Medioambiental. 3. El premio será compatible con cualquier otra ayuda, subvención o premio, públicos o privados.
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eli/es/o/2011/04/08/arm986#art-11

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