Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Vigésimo cuarto

En vigor desde 12 feb 2006
La instrucción del procedimiento y evaluación de los proyectos presentados se realizará por una Comisión de Valoración compuesta por los siguientes miembros: Presidente: Director General de Modernización Administrativa, o persona en quien delegue. Vicepresidente: Subdirector General de Coordinación de Recursos Tecnológicos de la Administración General del Estado, o persona en quien delegue. Vocales: Dos funcionarios del Ministerio de Administraciones Públicas, designados por el Director General de Modernización Administrativa y un representante técnico de la asociación de entidades locales de ámbito estatal con mayor implantación, nombrado por el Director General de Modernización Administrativa a propuesta de dicha asociación. Secretario: Un funcionario de la Subdirección General de Coordinación de Recursos Tecnológicos de la Administración General del Estado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2006/01/31/apu293#vigesimo-cuarto

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil