Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección tercera. Derechos y obligaciones

Art. 6

En vigor desde 24 mar 2018
Los operadores inscritos en los registros de la Corporación tienen los siguientes derechos: 1. A participar en la gestión corporativa y por lo tanto a ejercer el derecho al voto y a ejercer el derecho de petición y de acceso a los puestos y cargos directivos y de gobierno, en las condiciones establecidas en estos Estatutos, en los Reglamentos Internos y en la normativa vigente. 2. A utilizar los servicios propios de la Corporación en los términos establecidos en sus Reglamentos Internos. 3. A recibir las circulares, comunicaciones y boletines que se emitan por los órganos de gobierno de la Corporación. 4. A ser oídos con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra ellos, y a ser informados de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción. 5. A utilizar el nombre protegido asociado a la Corporación, así como sus signos distintivos en los términos y condiciones establecidos en la normativa interna desarrollada a tal efecto. 6. A compartir los fines del Corporación y colaborar para la consecución de los mismos.
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eli/es/o/2018/03/14/apm307#art-6

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