Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección primera. Definición y naturaleza jurídica. Domicilio y ámbito

Art. 1

En vigor desde 24 mar 2018
El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida «Guijuelo», (por contracción DOP «Guijuelo») es una Corporación de Derecho Público (en adelante la Corporación), con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, consecuencia, a tal efecto, de la aprobación de la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supra autonómico, y que adopta sus acuerdos por el principio mayoritario de democracia interna. La naturaleza jurídica. Dentro del marco jurídico general, la Corporación se rige por el Derecho privado, ajustando sus actuaciones a los Estatutos y a los Reglamentos Internos que se aprueben conforme a los mismos. Igualmente, sus actuaciones se ajustan a lo dispuesto en la Ley 6/2015 de, 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supra autonómico, al Real Decreto 267/2017, de 17 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico, y por el que se desarrolla la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, y demás reglamentos que la desarrollen, a la normativa de la Unión Europea y, en el ejercicio de potestades o funciones públicas, al Derecho administrativo .
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eli/es/o/2018/03/14/apm307#art-1

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