Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO I

Art. 82

En vigor desde 11 feb 2018
Los acuerdos y decisiones del Consejo Regulador cuya posibilidad de acceso a los mismos deba garantizarse a todos los interesados y a las comunidades autónomas afectadas se harán públicos por medio de la página web corporativa así como por cualquier otra forma de publicidad que acuerde el Pleno del Consejo Regulador.
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eli/es/o/2018/01/25/apm111#art-82

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