Art. Disposición transitoria única

Derogado
En vigor desde 29 abr 2014
Tendrán derecho a figurar en el CUPS los buques incluidos en el censo creado mediante la Orden APA/2521/2006, de 27 de julio, por la que se regula la pesca con el arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias y por la que se crea el censo unificado de palangre de superficie. Estos buques se recogen en la Resolución de 21 de febrero de 2014, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la actualización del censo unificado de palangre de superficie.
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