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Art. 41

En vigor desde 8 may 1989
Los militares asistirán de uniforme reglamentario, y con su distintivo de Justicia Militar los miembros del Cuerpo Jurídico. Ante la Sala de lo Militar, los miembros de la Fiscalía Togada usarán la toga.
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eli/es/lo/1989/04/13/2#art-41

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