Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. Artículo cuarto

En vigor desde 1 abr 2015
Uno. Integran el sector público: a) La Administración del Estado. b) Las Comunidades Autónomas. c) Las Corporaciones Locales. d) Las entidades gestoras de la Seguridad Social. e) Los Organismos autónomos. f) Las Sociedades estatales y demás Empresas públicas. Dos. Al Tribunal de Cuentas corresponde la fiscalización de las subvenciones, créditos, avales u otras ayudas del sector público percibidas por personas físicas o jurídicas. Tres. Corresponde al Tribunal de Cuentas la fiscalización de la actividad económico-financiera de los partidos políticos inscritos en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior, así como la de las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellos. Se considera que una fundación o una entidad está vinculada o es dependiente de un partido político cuando concurran las circunstancias previstas en la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos. Se añade el apartado 3 por el art. 3.3 de la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3441 .

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eli/es/lo/1982/05/12/2#articulo-cuarto

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