Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Selección
Art. 35
En vigor desde 17 ene 2018
1. El acceso al empleo de Inspector se efectuará, sobre las plazas vacantes convocadas, mediante promoción interna desde el empleo de Subinspector por el procedimiento de concurso-oposición. Para participar en dicho concurso-oposición se exigirá una antigüedad mínima de tres años en el empleo de Subinspector y la titulación de grado medio exigida, o que cuenten con más de cinco años de antigüedad en dicho empleo, aunque carezcan de titulación.
Téngase en cuenta que se declara inconstitucional y nulo, en lo que respecta a la aplicación a los cuerpos de policía local, el inciso destacado, en la redacción dada por la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril Ref. BOE-A-2015-4951 , por Sentencia del TC 154/2017, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-616 .
2. En las convocatorias a que se refiere el apartado anterior se establecerá un turno de promoción interna para miembros del propio Cuerpo de Policía, y un turno con el resto de las plazas vacantes abierto a miembros de todos los Cuerpos de Policía de Navarra que cumplan los requisitos establecidos.
3. Las plazas que no se cubran en dicho turno abierto se acumularán al turno de promoción interna.
4. A efectos de la aplicación de este apartado, las vacantes se cubrirán según lo estipulado en el artículo 33.
5. Podrá reservarse por las Administraciones Públicas hasta un 25 por 100 de las plazas vacantes por el procedimiento de concurso-oposición para quienes dispongan de la titulación de grado medio exigida y cumplan el resto de los requisitos para el ingreso en los Cuerpos de Policía. En tal caso, el temario y las pruebas podrán ser específicos para este turno al cual se reservarán la cuarta, octava, duodécima, y así sucesivamente, de las vacantes existentes, y al resto se aplicará la regla del artículo 33.
Se declara inconstitucional y nulo, en lo que respecta a la aplicación a los cuerpos de policía local, el inciso destacado, por Sentencia del TC 154/2017, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-616 Se mantiene la suspensión de la vigencia y aplicación del inciso destacado del apartado 1 por auto del TC de 26 de abril de 2016. Ref. BOE-A-2016-4389 . Se suspende la vigencia y aplicación del inciso destacado del apartado 1 en la redacción dada por la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril, desde el 7 de diciembre de 2015 para las partes en el proceso y desde el 19 de diciembre para los terceros, por providencia del TC de 15 de diciembre de 2015, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 6972/2015. Ref. BOE-A-2015-13871 . Se modifica por el art. único.21 de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril. Ref. BOE-A-2015-4951 .
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2007/03/23/8#art-35