Título TÍTULO XVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional

Derogado
En vigor desde 26 mar 2002
Se suspende, durante el año 2002, la exacción de la tasa establecida en la Tarifa 1 del artículo 146 por los servicios facultativos correspondientes a la extensión de la guía de origen y sanidad en el caso de bóvidos, ovinos y caprinos, siempre que la guía se expida en los días y horarios de trabajo establecidos por la Administración Pública correspondiente. Se añade, con efectos de 1 de enero de 2002, por el .11 de la Ley Foral 3/2002, de 14 de marzo. Ref. BOE-A-2002-8354

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2001/03/27/7#disposicion-adicional

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil