Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 29

En vigor desde 1 abr 2001
La tasa se devengará en el momento en que se presente la solicitud de inscripción en las pruebas selectivas a que se refiere el artículo 30 de esta Ley Foral.
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eli/es-nc/lf/2001/03/27/7#art-29

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