Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 106
En vigor desde 1 ene 2017
Son sujetos pasivos de la tasa, en calidad de contribuyentes, los que soliciten la prestación del servicio o para quienes se realicen las operaciones de sacrificio, despiece, almacenamiento o control.
Se modifica por el .5 de la Ley Foral 25/2016, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2017-2355
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2001/03/27/7#art-106