Título TITULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
En vigor desde 17 may 1987
1. La administración, gestión, representación y control de las Cajas de Ahorro corresponden, con las competencias que para cada uno de ellos se establecen en esta Ley Foral, a los siguientes órganos de gobierno:
a) La Asamblea general.
b) El Consejo de Administración.
c) La Comisión de Control.
2. Los miembros de dichos órganos de gobierno ejercerán sus funciones en beneficio exclusivo de los intereses de la Caja de Ahorros a que pertenezcan y del cumplimiento de su función económico-social.
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Proeli/es-nc/lf/1987/04/21/7#art-4