Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO III

Art. 364

En vigor desde 7 feb 2019
Las comarcas podrán establecer convenios con los municipios y concejos de su ámbito para la cooperación en cualquier materia de interés común. Los municipios y concejos que suscriban tales convenios podrán, en su caso, realizar funciones ejecutivas correspondientes a competencias de la comarca. Se añade por el .38 de la Ley Foral 4/2019, de 4 de febrero. Ref. BOE-A-2019-2642

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eli/es-nc/lf/1990/07/02/6#art-364

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