Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 336

En vigor desde 1 oct 1990
La Administración de la Comunidad Foral ejercerá el control del interés general de las actuaciones de las Entidades locales de Navarra en los casos y términos previstos en esta Ley Foral.
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eli/es-nc/lf/1990/07/02/6#art-336

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