Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 24 abr 2007
La cuantía de las multas previstas en la presente Ley Foral podrá ser actualizada por el Gobierno de Navarra.
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Proeli/es-nc/lf/2007/03/23/5#disposicion-adicional-cuarta