Título TÍTULO I

Art. 23

En vigor desde 22 mar 2023
1. Los círculos restaurativos se definen como los procesos restaurativos en los que, además de las personas víctimas, victimarias y sus personas de apoyo respectivas, participan miembros de la comunidad afectada por el delito, con la asistencia de una o varias personas facilitadoras. 2. Los círculos restaurativos seguirán las pautas de actuación protocolizadas y buscarán el consenso de las personas implicadas. 3. Los círculos restaurativos pueden concluir con acuerdos amplios que impliquen la participación y el apoyo de diferentes miembros de la comunidad e instituciones.
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eli/es-nc/lf/2023/03/09/4#art-23

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