Título TÍTULO IVCapítulo TÍTULO V

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 5 dic 2013
En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley Foral, el Gobierno de Navarra instalará, en cada uno de los campos de concentración de Europa donde haya habido navarros internados, una mención especial como homenaje a la lucha contra el fascismo y por la libertad llevada a cabo por cientos de navarros tras el golpe de estado franquista y durante la Segunda Guerra Mundial.
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eli/es-nc/lf/2013/11/26/33#disposicion-adicional-segunda

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