Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 7 feb 2019
Las mancomunidades de planificación general, comarcas, y mancomunidades, así como las entidades jurídicas por ellas creadas para el desarrollo de sus fines estarán exentas de los tributos que exaccionen los municipios y concejos integrados en ellas. Se modifica por el .7 de la Ley Foral 4/2019, de 4 de febrero. Ref. BOE-A-2019-2642

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eli/es-nc/lf/1995/03/10/2#disposicion-adicional-sexta

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