Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 5.ª Recaudación

Art. 82

En vigor desde 1 ene 1996
La gestión recaudatoria consiste, en el ejercicio de la función administrativa conducente a la realización de los créditos y derechos que constituyen el haber de la Hacienda de las entidades locales.
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eli/es-nc/lf/1995/03/10/2#art-82

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