Título TÍTULO II

Art. Disposición transitoria

En vigor desde 15 jul 2022
La Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos dispondrá de un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley foral para la adecuación de las herramientas informáticas de gestión de personal a las previsiones contenidas en el título I.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2022/07/01/19#disposicion-transitoria

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil