Título TÍTULO II

Art. Disposición adicional décima

En vigor desde 27 sept 2022
En los procedimientos de estabilización por concurso de méritos de puestos de trabajo de Titulado de Grado Medio, la valoración de los méritos profesionales señalada en la letra a.1) del artículo 9.1, considerará que se ha prestado un año completo de servicios cuando se haya trabajado como mínimo una campaña completa en el año natural. En caso de empate en la puntuación otorgada por este apartado, este se resolverá en función de los días totales trabajados en el respectivo puesto de trabajo. Se añade por el art. único.3 de la Ley Foral 25/2022, de 19 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-16128

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eli/es-nc/lf/2022/07/01/19#disposicion-adicional-decima

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