Título TÍTULO XII

Art. 53

En vigor desde 1 ene 2026
A los efectos de determinar la base imponible y demás elementos del Impuesto Complementario la Administración tributaria aplicará las normas contables previstas en el artículo 9 y demás normativa que resulte de aplicación.
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eli/es-nc/lf/2025/12/22/18#art-53

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