Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 6.ª Procedimiento sancionador
Art. Disposición adicional séptima
En vigor desde 22 jun 2021
Se habilita al Gobierno de Navarra para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el cumplimiento y aplicación de lo establecido en la presente ley foral.
Se faculta al Gobierno de Navarra para modificar los anejos de la presente ley foral con la finalidad de adaptarlos a las modificaciones que, en su caso, se introduzcan por la normativa comunitaria o estatal.
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Proeli/es-nc/lf/2020/12/16/17#disposicion-adicional-septima