Título TÍTULO VI
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 28 nov 1998
Las exacciones del recurso cameral permanente previstas en el artículo 43 de la presente Ley Foral se aplicarán sobre las cuotas o rendimientos correspondientes a los tributos devengados en el ejercicio 1998 y sucesivos.
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Proeli/es-nc/lf/1998/11/19/17#disposicion-transitoria-tercera