Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

En vigor desde 15 dic 2005
Se faculta al Gobierno de Navarra para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta Ley Foral, en el plazo máximo de seis meses desde su entrada en vigor.
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eli/es-nc/lf/2005/12/05/16#disposicion-final-primera

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