Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final primera
En vigor desde 15 dic 2005
Se faculta al Gobierno de Navarra para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta Ley Foral, en el plazo máximo de seis meses desde su entrada en vigor.
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Proeli/es-nc/lf/2005/12/05/16#disposicion-final-primera