Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 27

En vigor desde 20 mar 2007
Los planes sectoriales de ámbito general desarrollarán las previsiones del Plan Estratégico de servicios sociales en determinadas situaciones sociales, con una visión sectorial de la población. Tendrán carácter transversal y vigencia plurianual y podrán prever la creación de observatorios.
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eli/es-nc/lf/2006/12/14/15#art-27

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