Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 26

En vigor desde 3 ene 2006
Las Administraciones Públicas de Navarra, en desarrollo del derecho de los menores a gozar de un medio ambiente saludable y no contaminado, promoverán: a) El respeto y conocimiento de la naturaleza por parte de los menores, concienciándoles sobre la importancia de un medio ambiente saludable. b) Programas formativos, divulgativos y de concienciación sobre el reciclaje de residuos y el uso responsable de los recursos naturales y la adquisición de unos hábitos positivos para la conservación del medio ambiente.
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eli/es-nc/lf/2005/12/05/15#art-26

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