Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 26
En vigor desde 3 ene 2006
Las Administraciones Públicas de Navarra, en desarrollo del derecho de los menores a gozar de un medio ambiente saludable y no contaminado, promoverán:
a) El respeto y conocimiento de la naturaleza por parte de los menores, concienciándoles sobre la importancia de un medio ambiente saludable.
b) Programas formativos, divulgativos y de concienciación sobre el reciclaje de residuos y el uso responsable de los recursos naturales y la adquisición de unos hábitos positivos para la conservación del medio ambiente.
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Proeli/es-nc/lf/2005/12/05/15#art-26