Título TÍTULO III
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 17 jul 2008
Reglamentariamente se determinará la puesta en funcionamiento del Registro de pacientes en lista de espera del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
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Proeli/es-nc/lf/2008/07/02/14#disposicion-adicional-primera