Título TÍTULO III

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 17 jul 2008
Reglamentariamente se determinará la puesta en funcionamiento del Registro de pacientes en lista de espera del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
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eli/es-nc/lf/2008/07/02/14#disposicion-adicional-primera

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