Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 105
En vigor desde 13 may 2007
Las Entidades públicas empresariales ajustarán la gestión de su patrimonio al ordenamiento jurídico privado, sin perjuicio de las disposiciones de esta Ley Foral que les resulten de aplicación.
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Proeli/es-nc/lf/2007/04/04/14#art-105