Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 36
En vigor desde 23 jun 2018
Reglamentariamente se establecerán las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación que deberán reunir las oficinas públicas, procedimientos, dispositivos y servicios de atención y participación ciudadana, incluidas las relativas a los recursos humanos y materiales.
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Proeli/es-nc/lf/2018/06/14/12#art-36