Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 7 may 2022
1. La acreditación de titulaciones y certificaciones de conocimiento de la lengua extranjera prevista en el artículo 3 será de aplicación a la convocatoria excepcional de concurso a que se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. 2. No se constituirán relaciones de aspirantes a la contratación temporal en puestos de trabajo docentes derivadas de la convocatoria excepcional de concurso a que se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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