Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 7 may 2022
Se encomienda al Gobierno de Navarra que, una vez que se realice el proceso de estabilización del profesorado del programa de aprendizaje en inglés y se implementen y evalúen las medidas adecuadas de atención a la diversidad en dicho programa, inicie el procedimiento para la conversión del citado programa en un modelo lingüístico que, en su caso, se implantará de forma progresiva en los centros docentes públicos de la Comunidad Foral de Navarra.
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